En esta parte del curso y al ya haber estudiado las familias anteriores me queda claro que no todos los paises entran dentro de las familias anteriormente expuestas.
El mas reciente que vimos es el de China que ya no entra propiamente en la familia socialista mas bien lo encontramos aqui.
Pero porque el termino de sistemas juridicos mixtos, basicamente porque como su palabra lo dice tienen algo o mejor dicho ciertas instituciones de una familia y otras instituciones de otra o de muchas mas.
La designación de "mixto", que ha sido preferida a "híbrido" o "compuesto", no debe ser entendida en el sentido restrictivo que le fuera atribuido por ciertos autores.
Y como anteriormente mencione encontramos en esta clasificacion aquellos países donde dos o más sistemas se aplican de manera acumulativa o de interacción, como así también aquellos en los cuales hay una yuxtaposición de sistemas dado que los mismos se aplican simultáneamente a áreas más o menos diferenciadas.
En relacion a estos paises en realidad no hay mucho que abordar ya que para poder notar mas esta mezcla de instituciones en un pais seria conveniente estudiar un pais con un sistema juridico mixto para entrar mas a fondo en este tema.
En resumidas cuentas podemos decir que:
Los sistemas mixtos reúnen instituciones de dos o más sistemas.
Este es el sistema jurídico que integran países como:
Japón
Israel
India
Sudáfrica
las Filipinas, etc.
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